Presidente no podrá designar jefes de empresas de servicios públicos

El Consejo de Estado se pronunció sobre la competencia del presidente de la República para nombrar personal de control interno en las empresas de servicios públicos en las que el Estado colombiano tiene acciones.

Conforme con el alto tribunal, al jefe de Estado no le corresponde hacer ese tipo de nombramientos y designaciones en entidades de servicios públicos del orden nacional.

El Consejo de Estado aclaró que los jefes de control interno de dichas empresas son trabajadores particulares y deben estar sometidos a las reglas del Código Sustantivo del Trabajo y al régimen de servicios públicos domiciliarios.

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