Padres podran ingresar a cuentas de sus hijos menores de edad en redes sociales

En una sentencia la Corte Suprema de Justicia, dejó claro que el padre o la madre está facultado para vigilar, las redes sociales y correos electrónicos de sus hijos menores de edad y más cuando el menor pueda estar ante una situación peligrosa a través de la red.      

Para la sala Penal del Alto Tribunal, los padres se encuentran autorizados para asistir, orientar y controlar las comunicaciones de sus hijos menores de edad, por lo que resulta  un verdadero contrasentido afirmar que las actividades de seguimiento, orientación, protección, que implementa una madre o un padre respecto de sus hijos menores en la intimidad de sus  hogares, puedan resultar ilegales.

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