Óscar Darío Pérez, representante a la Cámara por el Centro Democrático, explica el artículo 53 de la Ley de Financiamiento

 

Hace noticia en La Hora de la Verdad, Óscar Darío Pérez, representante a la Cámara por el Centro Democrático, quien explicó el artículo 53 de la Ley de Financiamiento que reemplaza el artículo 90 del Estatuto Tributario.

Óscar Darío Pérez expresó que ese “ese artículo se encarga de determinar la renta neta sobre los activos y la utilidad de la venta de esos activos”.

También el representante dijo que la renta es cuando el activo que uno vende lo ha tenido por menos de dos años, y la ganancia ocasional es la que se obtiene cuando el activo que se vende lo ha tenido por más de dos años.

“Cualquiera que sea (renta o ganancia ocasional) se utiliza como base para gravar unos impuestos. Ese monto es el que se debe presentar para hacer la liquidación”, afirmó Pérez en la entrevista.

 

Este tema será analizado a más profundidad en una próxima entrevista.

 

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