Después de un mes Corte Constitucional publica sentencia sobre la realización del plebiscito

Después de un mes del comunicado Nro 30 de la Corte Constitucional, ésta dio a conocer el fin de semana la sentencia C-379 de 2016, en la que se declara exequible la ley estatutaria que contempla la realización del plebiscito para la refrendación de los acuerdos con la narco guerrilla de las FARC. 

En la sentencia de 337 páginas, la Corte deja claro que el mecanismo de participación, Plebiscito, no es válido para efectuar reformas constitucionales y que la expresión refrendación en la ley estatutaria se declara exequible de manera condicionada, porque puede ser confundida con el referendo.

El fallo de la Corte indica que el congreso tendrá un mes para pronunciarse sobre la petición de plebiscito del presidente Santos y deberá correr otro mes desde el momento en que el congreso se pronuncie para convocar el plebiscito

 

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